Suplantación · Ley 1266 · Ley Estatutaria 2573 de 2026
Te reportaron por una deuda que no es tuya.
Si alguien sacó un crédito o una línea a tu nombre, la ley tiene un trámite especial para ti. Reclamas ante la entidad con tus soportes; ella debe cotejar en 10 días hábiles los documentos con que se abrió la obligación contra los tuyos y corregir el dato con la leyenda «Víctima de Falsedad Personal», que no cuenta como reporte negativo. Desde noviembre de 2026, con la Ley 2573, además debe suspender el cobro apenas le avises. El asistente redacta tu reclamación en minutos y pagas $19.900 solo cuando está lista.
Nequi, Bancolombia, PSE o Daviplata.
- Trámite especial por ley
- Cotejo en 10 días hábiles
- Todo Colombia
Actualizado el
§ 01 Qué hacer
Qué hacer, en orden.
Avísale a la entidad
Reclama por escrito ante la entidad que te reportó y pide la corrección, con tus soportes. Una llamada no basta.
Denuncia ante la Fiscalía
Por falsedad personal. Es la prueba más fuerte de tu caso y, desde noviembre de 2026, la condición para que no te cobren: tienes 20 días hábiles desde que la entidad te lo comunica.
Pide los documentos del crédito
Desde noviembre de 2026, la entidad debe entregarte copia de lo que usó para aprobar el producto a tu nombre, y no puede negarse.
Activa las alertas gratuitas
Las centrales deben ofrecerte un servicio gratuito que te avisa por correo cuando aparece una obligación nueva a tu nombre.
§ 02 Lo que debe hacer la entidad
Lo que le exige la ley a la entidad.
Cotejar en 10 días hábiles
Comparar los documentos con que se abrió la obligación contra los que tú aportas, que valen como prueba sumaria de la falsedad (art. 16, num. 7, de la Ley 1266).
Corregir el dato y marcar «Víctima de Falsedad Personal»
Esa leyenda no es un reporte negativo ni puede bajar tu calificación; solo sirve para que verifiquen mejor tu identidad en adelante.
Suspender el cobro desde que le avisas
Incluidos intereses y gastos de cobranza (art. 8 de la Ley 2573, desde noviembre de 2026). Si no denuncias dentro del plazo, puede reanudarlo.
Liberarte si lo verifica
Debe revisar a fondo tu caso y, si encuentra elementos de la suplantación, exonerarte del cobro; entonces ya no tienes que denunciar. Lo que no puede es decidir que no hubo suplantación: eso les corresponde a los jueces (art. 10 de la Ley 2573).
Responder en 15 días hábiles
Si no responde tu reclamo en ese plazo, más 8 días de prórroga, se entiende resuelto a tu favor (art. 16, num. 8, de la Ley 1266).
§ 03 Lo que cambia en noviembre de 2026
La Ley 2573 de 2026, en una página.
Es una ley estatutaria sancionada el 19 de mayo de 2026 y publicada en el Diario Oficial el 20 de mayo. Su régimen general rige seis meses después de su promulgación, en noviembre de 2026; antes de esa fecha aplica el trámite de la Ley 2157 de 2021, que ya obliga a cotejar en 10 días y a marcar la leyenda. Lo nuevo para ti:
- Suspensión del cobroDesde que informas la suplantación, con intereses y gastos de cobranza (art. 8).
- 20 días hábiles para denunciarDesde que la entidad te lo comunica, para mantener la suspensión (art. 8).
- Copia de los documentosDe lo que se usó para aprobar el producto a tu nombre; no pueden negarla (art. 5, num. 7).
- La entidad no decide en tu contraSi encuentra elementos de la suplantación debe liberarte, pero no puede declarar que no la hubo (art. 10).
- Carga de la pruebaPrueba quien está en mejores condiciones de hacerlo, y la entidad debe entregar los documentos de la aprobación (art. 2).
- Si la justicia lo confirmaQuedas desvinculado de cualquier cobro y reporte negativo por esa obligación (art. 9).
Si no denuncias a tiempo, la entidad puede reanudar el cobro desde que lo suspendió (art. 8, par. 1). Y quien alegue una suplantación falsa responde penalmente (art. 9).
§ 04 Qué anexar
Lo que prueba que no fuiste tú.
Adjunta en PDF lo que tengas. Con tus documentos, la entidad tiene la prueba sumaria para cotejar.
Copia de tu cédula
Por ambas caras.
La denuncia ante la Fiscalía
Con su número de radicado, si ya la tienes. Si no, el escrito lo indica.
Pantallazo del reporte
Tu historia de crédito, donde se vea la obligación que no es tuya.
Lo que muestre que no fuiste tú
Una firma distinta, una dirección o un teléfono que no son tuyos, o constancia de que estabas en otro lugar.
Los documentos del crédito
Si la entidad ya te los entregó, son la base del cotejo.
§ 05 Preguntas frecuentes
Lo que todos preguntan.
¿Tu duda no está aquí? Pregúntale al asistente en el chat o escríbenos por WhatsApp.
Preguntar por WhatsApp¿Tengo que pagar la deuda mientras se resuelve?
Con la Ley 2573, desde noviembre de 2026, la entidad debe suspender el cobro —intereses y gastos de cobranza incluidos— desde que le informas la suplantación; si no denuncias dentro del plazo, puede reanudarlo. El escrito pide eliminar el reporte, marcar la leyenda «Víctima de Falsedad Personal» y cotejar los documentos en diez días hábiles.
¿Necesito la denuncia antes de reclamar?
No tienes que esperarla para reclamar. Pero la denuncia ante la Fiscalía es la prueba más fuerte y, con la Ley 2573, tienes veinte días hábiles para presentarla desde que la entidad te lo comunica.
¿La leyenda «Víctima de Falsedad Personal» me perjudica?
No. La ley dice que no es un reporte negativo ni puede bajar tu calificación de riesgo; solo sirve para que las entidades verifiquen mejor tu identidad en solicitudes futuras.
¿Puedo pedir los documentos con los que sacaron el crédito?
Sí. Con la Ley 2573, la entidad debe entregarte copia de la información y los documentos que usó para aprobar el producto a tu nombre, y bajo ninguna circunstancia puede negarse.
¿Qué pasa si la entidad no responde?
Si no responde tu reclamo en quince días hábiles, más ocho de prórroga, se entiende resuelto a tu favor (artículo 16 de la Ley 1266). También puedes quejarte ante la Superintendencia Financiera o la de Industria y Comercio, o presentar una tutela de hábeas data.
¿Cómo evito que me vuelva a pasar?
Activa las alertas gratuitas de las centrales de riesgo, que te avisan por correo cuando se reporta una obligación nueva a tu nombre (artículo 10 de la Ley 2157 de 2021).
¿Cuánto cuesta?
Radicarlo es gratis: no exige abogado ni tiene costo. En Justiexpress, la redacción completa cuesta $19.900 COP, pago único, y pagas solo cuando el documento está listo.
§ 06 Sigue tu caso
También te puede servir.
$19.900 · pago único
No respondas por lo que no hiciste.
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